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Calculadora de aguinaldo (Guatemala)

Calcula tu aguinaldo en Guatemala: el 100 % del salario mensual por un año completo (Decreto 76-78), el proporcional por menos de un año y la parte exenta de ISR.

Tu salario ordinario mensual, sin la bonificación incentivo de Q250.

Completa los campos para ver el resultado al instante.

Supuestos del cálculo

  • El aguinaldo equivale al 100 % del salario ordinario mensual por un año completo de servicios, o a la parte proporcional si es menos de un año (Decreto 76-78, art. 1).
  • El proporcional se calcula como salario mensual × días trabajados ÷ 365. El decreto fija la regla del 100 % y del proporcional, pero no la aritmética del divisor, por lo que se usa esta convención.
  • El período de cómputo del 1 de diciembre al 30 de noviembre es la práctica del MINTRAB; el decreto solo menciona "un año de servicios continuos".
  • El aguinaldo está exento de ISR hasta el 100 % del salario ordinario mensual (LISR art. 70 num. 5); solo el excedente queda afecto. No está sujeto al IGSS.

Qué hace esta calculadora

Calcula tu aguinaldo en Guatemala. El aguinaldo equivale al 100 % del salario ordinario mensual por un año completo de servicios continuos, o a la parte proporcional si trabajaste menos de un año (Decreto 76-78, artículo 1).

También muestra la parte exenta de ISR: el aguinaldo está exento hasta el 100 % del salario ordinario mensual, por lo que solo el excedente queda afecto.

Para quién es

  • Trabajadores que quieren verificar cuánto aguinaldo les corresponde.
  • Empleadores y encargados de nómina que calculan el aguinaldo anual o proporcional.
  • Asesores laborales y estudiantes que necesitan un cálculo claro y trazable.

Qué información necesitas

  • Tu salario ordinario mensual (sin la bonificación incentivo de Q250).
  • Si trabajaste un año completo o menos.
  • En el caso proporcional, los días trabajados en el período de cómputo (1 de diciembre a 30 de noviembre).

Cómo se calcula

Con un año completo o más, el aguinaldo es el 100 % del salario ordinario mensual.

Con menos de un año, el aguinaldo es proporcional: salario mensual × días trabajados ÷ 365.

La parte exenta de ISR es de hasta un salario ordinario mensual; solo el excedente sobre ese monto queda afecto al impuesto (LISR art. 70 num. 5).

Fórmula

Aguinaldo por un año completo
aguinaldo = salario mensual
Aguinaldo proporcional
aguinaldo = salario mensual × días trabajados ÷ 365
Parte exenta de ISR
exento = mínimo(aguinaldo, salario mensual)

Ejemplo resuelto

Ganas Q4,000 mensuales. Comparamos un año completo con un caso proporcional de 182 días trabajados.

  1. Año completo: aguinaldo = Q4,000.00; exento de ISR = Q4,000.00; excedente afecto = Q0.00.
  2. Proporcional (182 días): Q4,000 × 182 ÷ 365 = Q1,994.52.
  3. Ese proporcional está por debajo de un salario mensual, así que está exento de ISR en su totalidad.

Por un año completo recibes Q4,000.00; por 182 días, Q1,994.52. En ambos casos el aguinaldo queda exento de ISR.

Cómo interpretar el resultado

El aguinaldo se paga en dos partes: el 50 % en la primera quincena de diciembre y el 50 % en la segunda quincena de enero (Decreto 76-78, art. 2).

El aguinaldo no está sujeto al IGSS, por lo que no se le descuenta la cuota del 4.83 %.

Para salarios variables, la práctica usa el promedio del salario ordinario del período; esta calculadora trabaja con el salario mensual que ingreses.

Errores comunes

  • Incluir la bonificación incentivo de Q250 en la base: el aguinaldo se calcula sobre el salario ordinario mensual, sin esa bonificación.
  • Aplicar ISR a todo el aguinaldo: solo el excedente sobre un salario ordinario mensual queda afecto.
  • Descontar IGSS al aguinaldo: está excluido de la base del IGSS.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el aguinaldo en Guatemala?

Equivale al 100 % del salario ordinario mensual por un año completo de servicios continuos, o a la parte proporcional si trabajaste menos de un año (Decreto 76-78).

¿Cómo se calcula el aguinaldo proporcional?

Se multiplica el salario mensual por los días trabajados y se divide entre 365. El decreto fija la regla del 100 % y del proporcional, pero no la aritmética del divisor; se usa la convención de 365 días, que se declara en los supuestos.

¿Cuál es el período de cómputo del aguinaldo?

La práctica del MINTRAB usa del 1 de diciembre al 30 de noviembre. El decreto solo menciona "un año de servicios continuos", por lo que ese período específico es una convención, no un texto literal de la ley.

¿El aguinaldo paga ISR?

Está exento de ISR hasta el 100 % del salario ordinario mensual (LISR art. 70 num. 5). Solo el excedente sobre ese monto queda afecto al impuesto.

¿El aguinaldo paga IGSS?

No. El aguinaldo está excluido de la base del IGSS, así que no se le descuenta la cuota laboral del 4.83 %.

¿Cuándo se paga el aguinaldo?

El 50 % en la primera quincena de diciembre y el 50 % restante en la segunda quincena de enero; el patrono puede pagar el 100 % en diciembre (Decreto 76-78, art. 2).

Fuentes

  • Ley Reguladora de la Prestación del Aguinaldo (Decreto 76-78), arts. 1, 2, 5 Congreso de la República de Guatemala (copia oficial INCAP) (Art. 1: 100% del sueldo o salario ordinario mensual por un año de servicios continuos o la parte proporcional. Art. 2: pago 50% primera quincena de diciembre, 50% segunda quincena de enero. The Dec 1 – Nov 30 computation window is MINTRAB/practice convention (verified-secondary), not literal in the decree. See docs/research/gt-labor-rules.md, section 5.)
  • Ley de Actualización Tributaria (Decreto 10-2012), art. 70 num. 5 Organismo Judicial de Guatemala (CENADOJ, texto consolidado) (Aguinaldo exempt from ISR up to 100% of the ordinary monthly salary; only the excess is taxable. See docs/research/gt-labor-rules.md, section 2.5.)
Última revisión:
23 de julio de 2026
Versión del cálculo:
1.0.0

Aviso importante

Los resultados de estas calculadoras son estimaciones informativas y pueden diferir de los cálculos oficiales. No constituyen asesoría legal, fiscal ni financiera. Verifica siempre con las instituciones competentes o con un profesional.

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