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Calculadora de horas extras (El Salvador)

Calcula el pago de tus horas extras diurnas o nocturnas en El Salvador con el recargo del 100 % y el recargo nocturno del 25 % del Código de Trabajo.

Tu salario mensual ordinario, antes de descuentos.

Las horas de tu jornada ordinaria diaria. La jornada diurna máxima es de 8 horas (art. 161 del Código de Trabajo).

La cantidad de horas extra que quieres calcular. Acepta decimales, por ejemplo 2.5.

Diurna o nocturna. La nocturna suma primero el recargo del 25 % por trabajo nocturno.

Completa los campos para ver el resultado al instante.

Supuestos del cálculo

  • La hora ordinaria se calcula como salario mensual ÷ 30 días ÷ horas diarias ordinarias. Es una convención de cálculo: la ley no fija una única fórmula de conversión y la práctica varía entre empresas.
  • La hora extra paga un recargo del 100 % sobre la hora básica (art. 169 del Código de Trabajo).
  • Para la hora extra nocturna se aplica primero el recargo nocturno del 25 % (art. 168) y sobre ese valor el recargo del 100 % por hora extra. Es la interpretación práctica estándar; la ley no describe la combinación de forma literal.
  • No incluye los recargos por trabajar en el día de descanso (+50 % más día compensatorio) ni en días de asueto (+100 %).
  • Cada cifra se redondea a 2 decimales (half up) por línea.

Qué hace esta calculadora

Esta calculadora estima el pago de tus horas extras en El Salvador según el Código de Trabajo. La hora extra diurna paga un recargo del 100 % sobre la hora básica (art. 169); para la hora extra nocturna se aplica primero el recargo del 25 % por trabajo nocturno (art. 168) y sobre ese valor el recargo del 100 %.

Muestra el detalle completo: el valor de tu hora ordinaria, el de la hora nocturna cuando aplica, el valor de cada hora extra y el pago total por las horas trabajadas.

Para quién es

  • Trabajadores que hicieron horas extras y quieren verificar cuánto deben recibir.
  • Empleadores que necesitan calcular el pago correcto de una jornada extraordinaria.
  • Personas que evalúan si un turno adicional compensa, comparando la tarifa extra con la ordinaria.
  • Contadores y encargados de planilla que revisan pagos de horas extras.

Qué información necesitas

  • Tu salario mensual ordinario, antes de descuentos.
  • Las horas de tu jornada ordinaria diaria (8 horas es la jornada diurna máxima; 7 la nocturna, según el art. 161).
  • Cuántas horas extras trabajaste y si fueron diurnas o nocturnas.
  • Los recargos del 100 % y del 25 % ya están configurados según el Código de Trabajo; no necesitas ingresarlos.

Cómo se calcula

La hora ordinaria se obtiene dividiendo el salario mensual entre 30 días y entre las horas de la jornada diaria. Es la convención de cálculo usual: la ley no fija una única fórmula de conversión.

Para la hora extra diurna, la hora ordinaria se multiplica por 2 (recargo del 100 % del art. 169).

Para la hora extra nocturna, la hora ordinaria se multiplica primero por 1.25 (recargo nocturno del art. 168) y ese resultado por 2. Es la interpretación práctica estándar de la combinación de ambos artículos.

El total es el valor de la hora extra por la cantidad de horas. Cada línea se redondea a 2 decimales (half up).

Fórmula

Hora ordinaria
hora = salario mensual ÷ 30 ÷ horas diarias
Hora extra diurna (art. 169)
hora extra = hora × 2
Hora extra nocturna (arts. 168 y 169)
hora extra = hora × 1.25 × 2
Pago total
total = hora extra × horas extras trabajadas

Ejemplo resuelto

Ganas $720 al mes con una jornada diurna de 8 horas y trabajaste 5 horas extras nocturnas.

  1. Hora ordinaria: $720 ÷ 30 ÷ 8 = $3.00.
  2. Hora nocturna: $3.00 × 1.25 = $3.75.
  3. Hora extra nocturna: $3.75 × 2 = $7.50.
  4. Pago total: $7.50 × 5 = $37.50.

Las 5 horas extras nocturnas pagan $37.50. Las mismas horas en jornada diurna pagarían $6.00 cada una: $30.00 en total.

Cómo interpretar el resultado

Una hora extra diurna vale el doble de tu hora ordinaria; una nocturna, 2.5 veces. Ese pago se suma a tu salario ordinario del período.

El resultado es pago bruto: sobre tus ingresos del mes se aplican después los descuentos de ISSS, AFP y la retención de ISR.

El trabajo extraordinario es excepcional por ley: la jornada ordinaria máxima es de 8 horas diurnas o 7 nocturnas (art. 161).

Errores comunes

  • Pagar la hora extra nocturna solo con el recargo del 100 %, olvidando aplicar primero el 25 % nocturno.
  • Calcular la hora ordinaria con los días realmente trabajados (por ejemplo 22) en lugar de la convención de 30 días del salario mensual.
  • Usar esta calculadora para el día de descanso semanal o los días de asueto: esos tienen recargos propios (+50 % más día compensatorio y +100 %, arts. 175 y 192) que no están incluidos.
  • Olvidar que el pago de horas extras es ingreso gravado: también cotiza y puede aumentar tu retención de ISR.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga la hora extra en El Salvador?

La hora extra paga un recargo del 100 % sobre el salario básico por hora (art. 169 del Código de Trabajo): es decir, el doble de tu hora ordinaria. Si además es nocturna, primero se aplica el recargo mínimo del 25 % por trabajo nocturno (art. 168).

¿Cómo se calcula el valor de mi hora ordinaria?

La convención usual divide el salario mensual entre 30 días y entre las horas de la jornada diaria. Con $600 mensuales y jornada de 8 horas: $600 ÷ 30 ÷ 8 = $2.50 por hora. La ley no fija una única fórmula, por lo que la práctica puede variar entre empresas.

¿Cuál es el máximo de horas de la jornada ordinaria?

Según el art. 161 del Código de Trabajo, la jornada diurna ordinaria no puede exceder de 8 horas diarias ni 44 semanales, y la nocturna de 7 horas diarias ni 39 semanales.

¿Y si trabajo en mi día de descanso o en un día de asueto?

Son recargos distintos que esta calculadora no incluye: el trabajo en el día de descanso paga un 50 % adicional más un día compensatorio remunerado (art. 175), y el trabajo en día de asueto paga un 100 % adicional (art. 192).

¿El pago de horas extras paga ISSS, AFP e ISR?

Sí. Las horas extras son parte de tu remuneración gravada: cotizan al ISSS y a la AFP y entran en la base de retención de ISR del período. Esta calculadora muestra el monto bruto de las horas extras.

Fuentes

Última revisión:
21 de julio de 2026
Versión del cálculo:
1.0.0

Aviso importante

Los resultados de estas calculadoras son estimaciones informativas y pueden diferir de los cálculos oficiales. No constituyen asesoría legal, fiscal ni financiera. Verifica siempre con las instituciones competentes o con un profesional.

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