Saltar al contenido principal
TuCalculadora.app

Calculadora de cesantía y preaviso (Honduras)

Calcula tu cesantía en Honduras: el preaviso (art. 116) y el auxilio de cesantía (art. 120, un mes de salario por año con tope de 25 o 15 meses) del Código del Trabajo.

Promedio ordinario de los últimos 6 meses (CT art. 123).

Años completos de servicio continuo.

Meses del año en curso, de 0 a 11.

La microempresa (10 trabajadores o menos) tiene un tope de 15 meses.

Completa los campos para ver el resultado al instante.

Supuestos y método

  • El total suma dos componentes distintos: el preaviso (CT art. 116) y el auxilio de cesantía (CT art. 120).
  • El preaviso se paga completo en dinero cuando el patrono despide sin avisar (CT art. 118): 24 horas (menos de 3 meses), 1 semana (3 a 6 meses), 2 semanas (6 meses a 1 año), 1 mes (1 a 2 años) y 2 meses (más de 2 años).
  • El auxilio de cesantía es de 10 días (3 a 6 meses), 20 días (6 meses a 1 año) y, a partir de 1 año, un mes de salario por año de servicio, proporcional por fracciones (CT art. 120).
  • El tope del auxilio es de 25 meses de salario en general y de 15 meses para microempresas de 10 trabajadores o menos (CT art. 120 lit. d y art. 120-A).
  • La base es el promedio de los salarios de los últimos 6 meses (CT art. 123). Esta calculadora usa el salario mensual que ingreses como ese promedio.
  • El salario diario se calcula como el salario mensual ÷ 30; el Código fija la base pero no esta aritmética, por lo que es una convención declarada.
  • Se requieren al menos 3 meses de servicio continuo para tener derecho al auxilio de cesantía (CT art. 120).
  • El auxilio de cesantía y el preaviso quedan fuera de la base de cotización del IHSS y del RAP. Su exención de ISR no está confirmada por fuente primaria; consulta con la SAR antes de asumirla.

Qué hace esta calculadora

Calcula tu liquidación por despido en Honduras sumando dos componentes distintos del Código del Trabajo: el preaviso (art. 116) y el auxilio de cesantía (art. 120).

El preaviso es el aviso previo al despido; si el patrono despide sin darlo, lo paga completo en dinero (art. 118). El auxilio de cesantía es un mes de salario por año de servicio, con un tope de 25 meses (o 15 para microempresas).

Para quién es

  • Trabajadores que quieren estimar su liquidación ante un despido injustificado.
  • Empleadores y encargados de recursos humanos que calculan liquidaciones.
  • Asesores laborales y estudiantes que necesitan un cálculo claro y trazable.

Qué información necesitas

  • Tu salario mensual (promedio ordinario de los últimos 6 meses, art. 123).
  • Los años completos de servicio continuo y los meses adicionales (0 a 11).
  • El tamaño de la empresa: general (tope 25 meses) o microempresa de 10 trabajadores o menos (tope 15 meses).

Cómo se calcula

Preaviso (art. 116): 24 horas si el servicio es menor de 3 meses, 1 semana de 3 a 6 meses, 2 semanas de 6 meses a 1 año, 1 mes de 1 a 2 años y 2 meses si supera los 2 años. Se paga completo en dinero (art. 118).

Auxilio de cesantía (art. 120): 10 días de 3 a 6 meses, 20 días de 6 meses a 1 año y, a partir de 1 año, un mes de salario por año de servicio, proporcional por fracciones.

Tope del auxilio: 25 meses de salario en general; 15 meses para microempresas de 10 trabajadores o menos (art. 120-A).

El salario diario para los tramos de días se calcula como el salario mensual ÷ 30 (convención declarada). El total es preaviso + auxilio de cesantía.

Fórmula

Salario diario
salario diario = salario mensual ÷ 30
Auxilio de cesantía (más de 1 año)
auxilio = salario mensual × mín(años totales, tope) [tope 25 o 15]
Total
total = preaviso + auxilio de cesantía

Ejemplo resuelto

Ganas L15,000 mensuales, tienes 5 años completos de servicio y te despiden sin causa en una empresa general.

  1. Preaviso: más de 2 años → 2 meses de salario = L15,000 × 2 = L30,000.00.
  2. Auxilio de cesantía: 1 mes por año × 5 años = L15,000 × 5 = L75,000.00 (por debajo del tope de 25 meses).
  3. Total = L30,000.00 + L75,000.00 = L105,000.00.

Tu liquidación es L105,000.00: L30,000.00 de preaviso y L75,000.00 de auxilio de cesantía.

Cómo interpretar el resultado

El preaviso y el auxilio de cesantía son componentes separados: el primero indemniza la falta de aviso previo, el segundo compensa el tiempo de servicio.

Cuando el auxilio alcanza el tope (25 meses en general, 15 en microempresa), los años adicionales ya no aumentan el monto; el resultado muestra los meses efectivamente pagados.

La base es el promedio de los salarios de los últimos 6 meses (art. 123); esta calculadora usa el salario mensual que ingresas como ese promedio.

El auxilio de cesantía y el preaviso quedan fuera de la base del IHSS y del RAP. Su exención de ISR no está confirmada por fuente primaria; consulta con la SAR antes de asumirla.

Errores comunes

  • Confundir el preaviso con el auxilio de cesantía o sumar solo uno de los dos componentes.
  • Olvidar el tope del auxilio (25 o 15 meses) en antigüedades muy largas.
  • Calcular el auxilio de cesantía con menos de 3 meses de servicio: por debajo de ese mínimo no hay derecho (art. 120).
  • Descontar ISR, IHSS o RAP al auxilio de cesantía: queda fuera de la base de cotización, y su tratamiento de ISR debe confirmarse con la SAR.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la cesantía en Honduras?

Se suman dos componentes del Código del Trabajo: el preaviso (art. 116), que se paga completo si el patrono despide sin avisar (art. 118), y el auxilio de cesantía (art. 120), que es un mes de salario por año de servicio, con un tope de 25 meses (o 15 para microempresas).

¿Cuál es la escala del preaviso?

24 horas si el servicio es menor de 3 meses, 1 semana de 3 a 6 meses, 2 semanas de 6 meses a 1 año, 1 mes de 1 a 2 años y 2 meses si supera los 2 años (art. 116).

¿Tiene tope el auxilio de cesantía?

Sí. El tope general es de 25 meses de salario (art. 120 lit. d) y baja a 15 meses para microempresas de 10 trabajadores o menos (art. 120-A). Al llegar al tope, los años extra ya no aumentan el monto.

¿Qué salario base se usa?

El promedio de los salarios de los últimos 6 meses del contrato (art. 123 lit. b). Esta calculadora usa el salario mensual que ingresas como ese promedio.

¿Cuál es el servicio mínimo para tener cesantía?

Tres meses de servicio continuo. Por debajo de ese mínimo no hay auxilio de cesantía (art. 120).

¿La cesantía paga ISR, IHSS o RAP?

El auxilio de cesantía y el preaviso quedan fuera de la base de cotización del IHSS y del RAP. Su exención de ISR no está confirmada por fuente primaria; esta calculadora no descuenta ISR y recomienda consultar con la SAR.

¿Cómo se calcula la cesantía proporcional?

Para más de un año, el auxilio es el salario mensual × (años + meses ÷ 12), hasta el tope. Con L15,000 y 2 años y 6 meses: L15,000 × 2.5 = L37,500.00, más el preaviso de 2 meses (L30,000.00): total L67,500.00.

¿Qué pasa con menos de un año de servicio?

El auxilio es un monto fijo de días de salario: 10 días de 3 a 6 meses y 20 días de 6 meses a 1 año (art. 120). Con L15,000 (salario diario L500) y 8 meses: auxilio 20 × L500 = L10,000.00 y preaviso de 2 semanas (14 × L500 = L7,000.00), total L17,000.00.

Fuentes

  • Código del Trabajo de Honduras (Decreto 189-1959), arts. 116-123 — preaviso y auxilio de cesantía Tribunal Superior de Cuentas (TSC), Honduras (Art. 116: preaviso de 24 horas (<3 meses), 1 semana (3-6 meses), 2 semanas (6 meses-1 año), 1 mes (1-2 años), 2 meses (>2 años). Art. 118: el patrono que despide sin preaviso paga su equivalente completo. Art. 120: auxilio de 10 días (3-6 meses), 20 días (6 meses-1 año), 1 mes de salario por año (>1 año, proporcional por fracciones), con tope de 25 meses (lit. d); 15 meses para microempresas de 10 trabajadores o menos (art. 120-A, Decreto 150-2008); mínimo 3 meses de servicio. Art. 123 lit. b: base = promedio de los salarios de los últimos 6 meses. El divisor mensual÷30 para el salario diario es práctica (verified-secondary). La exención de ISR del auxilio de cesantía no está confirmada por fuente primaria (UNVERIFIED); consultar con la SAR. See docs/research/hn-labor-rules.md, section 8.)
Última revisión:
26 de julio de 2026
Versión del cálculo:
1.0.0

Aviso importante

Los resultados de estas calculadoras son estimaciones informativas y pueden diferir de los cálculos oficiales. No constituyen asesoría legal, fiscal ni financiera. Verifica siempre con las instituciones competentes o con un profesional.

Calculadoras relacionadas